A- de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Martha Esperanza Ordoñez Vera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cosa juzgada constitucional en sentencia C-371/94
- Confirma por existir cosa juzgada constitucional en sentencia C-371/94
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica interpuesto contra el Auto del 14 de mayo de 2010, dictado por el Magistrado Juan Carlos Henao Pérez, mediante el cual se rechazó la demanda presentada contra el artículo 262 del Código Civil.
La Corte encuentra que frente a la expresión acusada por la accionante ha operado el fenómeno de cosa juzgada, por lo tanto se procede a confirmar el auto que rechazó la demanda, por el cargo relacionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el Auto de 14 de mayo de 2010 dictado por el Magistrado Sustanciador, Juan Carlos Henao Perez, por medio del cual rechazo la demanda de inconstitucionalidad, identificada con el numero de radicacion D- 8108, presentada por la ciudadana Martha Esperanza Ordonez Vera, contra la expresion "sancionarlos moderadamente", contenida en el articulo 262 del Codigo Civil, por las consideraciones expuestas en la presente providencia.
- Notifiquese, cumplase, archivese el expediente e
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.