Micelio
Auto22 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Esperanza Roman Noreña Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
Corte Constitucional
  • No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
  • Organo aplicador de la Constitución
  • Inaplicación del precepto constitucional
Estado Social De Derecho
  • Posición jurídica del individuo o del funcionario público
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se desató el conflicto de competencia suscitado entre la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, para conocer de la impugnación del fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, en el sentido de que su conocimiento corresponde a la Sala Penal de la mencionada Corte conforme al Art. 32 del Decreto 2591 de 1991, toda vez que es el superior jerárquico correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia suscitado entre la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, para conocer de la impugnacion del fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, en el sentido de que su conocimiento corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia conforme al articulo 32 del decreto 2591 de 1991.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente a la Corte Suprema de Justicia (Sala Penal) para lo de su competencia y comunicar lo aqui decidido al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para los fines legales pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.