Auto10 de mayo de 2005
A- de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Hilda Beatriz Leon Bermudez
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra El Auto De Abril 8 De 2005, Proferido Por El Magistrado Jaime Cordoba Triviño De Rechazo De La Demanda. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
- Inexistencia de cargos
- Existencia de cosa juzgada
Cosa Juzgada Absoluta
- Corte no limitó los efectos de la sentencia
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de esta Corporacion,
- RESUELVE
- CONFIRMAR en su integridad el Auto de abril ocho (8) de 2005, proferido por el Magistrado sustanciador Jaime Cordoba Trivino, mediante el cual se rechazo la demanda interpuesta por la ciudadana Hilda Beatriz Leon Bermudez.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
C-447/97Dec. 1228/95. Art. 11 Parcial. Federaciones Deportivas. Demanda Materialmente Inepta. Sentencia Inhibitoria.C-165/93Art 101 Del Cpc Modificado Por Regla 51 Del Art 1 Del Dec 2282/89 Y Art 10 Del Dec 2651/91. Audiencia De Conciliacion. Exequible.C-113/93Dec. 2067/91. Art. 21 Incs. 2 Y 4 Y Art. 24. Efectos De Las Sentencias De Constitucionalidad. Aclaracion De Sentencias. Inexequibles.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.