A- de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Luis Aurelio Rojas Niño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No resolución de consultas o aclaración de sentencias en ejercicio del control abstracto
- Improcedencia de aclaración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud de aclaración presentada por el ciudadano de la referencia en relación con la Sentencia C-893/01.
En reiteradas oportunidades esta Corporación ha precisado que de conformidad con el Art. 241 de la Constitución Política, la Corte Constitucional debe cumplir sus funciones “en los estrictos y precisos términos de este artículo”.
Dentro de tales competencias, no se encuentra consagrada la resolución de consultas formuladas por los ciudadanos o la aclaración de las sentencias que profiere en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad.
También advirtió que el Art. 243 Superior, establece que “los fallos que la Corte dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada constitucional”, por lo que esta Corporación no puede emitir nuevos pronunciamientos al respecto.
Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- R E S U E L V E
- Primero. DENEGAR la solicitud de aclaración presentada por el ciudadano Luis Aurelio Rojas Niño, en relación con la sentencia C-893 de 2001.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.