Auto1 de agosto de 1996
A- de 1996
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓
Tema · dato duro
Aclaracion Y Correccion De La Sentencia C-178/96 Por Error Mecanografico.
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La Corte aclaró y corrigió el ordinal segundo, literal b) de la parte resolutiva de la Sentencia No.
C-178/96 que por error mecanográfico se declaró inexequible, cuando lo cierto es que ella se declaró exequible.
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Corregir el ordinal segundo, literal b) de la parte resolutiva de la sentencia No. C-178 de abril veintinueve (29) de mil novecientos noventa y seis (1996), el cual queda así:
- b) El literal b) del numeral 3o del art. 11, salvo la expresión "los contralores departamentales, distritales y municipales", que fue declarada exequible en la sentencia C-374/94.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Antonio Barrera Carbonell
Ponente
Alejandro Martínez Caballero
Magistrado
Carlos Gaviria Díaz
Presidente
Eduardo Cifuentes Muñoz
Magistrado
Hernando Herrera Vergara
Magistrado
Jorge Arango Mejía
Magistrado
José Gregorio Hernández Galindo
Magistrado
Julio Cesar Ortiz Gutiérrez
Magistrado
Vladimiro Naranjo Mesa
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
C-178/96Ley 80/93. Arts 8 N° 1 Lit. D) 11 N° 2 Y 3 Y 58 N° 2 Y 3. Inhabilidad E Incompatibilidad Para Contratar. Exequibles. Estarse A Lo Resuelto En La <a Href=../1994/C-374-94.Rtf> C-374/94</A>. Ver Auto 035/96.C-374/94Ley 80/93. Estatuto Gral De Contratacion De La Administracion Publica. Exequibles.
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