Micelio
Auto22 de agosto de 1994

A- de 1994

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Unkle Charles

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia En Tutela.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstiene la Corte Constitucional de pronunciarse sobre la procedencia de la tutela presentada por el demandante pues no existe sentencia sobre la cual pueda ejercerse la revisión.

Sin embargo, le informa al interesado que puede proceder a presentar la demanda ante el juez competente, no sobra señalar que una vez presentada la tutela, el interesado nuevamente está sujeto a la interpretación jurídica que sobre procedencia y competencia realiza el juez, quien goza de cierto grado de discrecionalidad con el fin de no hacer nugatoria la protección demandada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de pronunciarse sobre la procedencia de la tutela presentada por el señor CHARLES T. UNKLE, pues no existe sentencia sobre la cual pueda ejercerse la revisión de que tratan los artículos 86 y 241, numeral 9, de la Constitución Política, y los artículos 33 y siguientes del decreto 2591 de 1991.
  2. Segundo. INFORMAR al interesado que, si no lo ha hecho aún, puede proceder a presentar su demanda ante el juez competente del departamento de la Guajira, por las razones expuestas en el presente auto.
  3. Tercero. ENVIAR al Juzgado 69 Penal del Circuito de Santafé de Bogotá copia de esta providencia.
  4. Notifíquese, cópiese, cúmplase, publíquese e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.