DecretoDerogado
Decreto 1116 de 2017
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se establecen disposiciones para la importación de vehículos eléctricos, vehículos híbridos y sistemas de carga.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Derogado2Establecer Un Gravamen Arancelario Del 5% Para La Importación Anual De Vehículos Híbridos Clasificados Por Las Subpartidas Arancelarias 87023Para Efectos De La Aplicación Del Gravamen Arancelario Del 5% Para La Importación Anual De Vehículos Híbridos, El Ministerio De Comercio Industria Y Turismo A Través De La Dirección De Comercio Exterior, Establecerá El Procedimiento Para La Asignación Y Distribución De Los Cupos De Importaciones Referidas En El Artículo 2° Del Presente Decreto, De Acuerdo Con La Reglamentación Que Emita Para Tal Efecto4Crear Un Desdoblamiento En La Subpartida 85045Los Gravámenes Arancelarios Establecidos En Los Artículos 1° Y 2° Para La Importación De Vehículos Eléctricos Y Vehículos Híbridos Del Presente Decreto Estarán Vigentes Hasta El Año 20276Artículo 6
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Claudia Lacouture PinedoLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo