DecretoVigente
Decreto 2690 de 1980
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 125 de 1980 de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales que modifica la Planta de Personal de la Seccional del Meta, con modificaciones
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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55Del Decreto-Ley 1650 De 1977 Y De Conformidad Con Los Decretos-Leyes 1651, 1652 Y 1700 De 1977 Y 1313 De 1978, Acuerda:1Modificar Parcialmente El Artículo 3° Del Acuerdo Número 046 De 1978, En Los Siguientes Términos: A) Suprimir En La Planta De Personal De La Seccional Del Meta Los Empleos Que Se Indican A Continuación: Dependencia -N° De Cargos -Denominación Clase Grado Secretaría General: 1 Secretario General Seccional Ii 33 División De Servicios De Salud: 1 Jefe De División Ii 37 B) Crear En La Planta De Personal De La Seccional Del Meta Los Empleos Que Se Indican A Continuación: Dependencia -N° De Cargos -Denominación Dedicación Clase Grado Secretaría General: 1 Secretario General Seccional Completa I 31 División De Servicios De Salud: 1 Jefe De División Completa Iii 392Modificar Parcialmente El Artículo 1° Del Acuerdo Número 098 De 1980, Por El Cual Se Crean Unos Empleos En La Planta De Personal De La Seccional Del Meta, En Los Siguientes Términos: A) Suprimir Los Empleos Que Se Indican A Continuación: N° De Cargos -Denominación Dedicación Clase Grado Gerencia Seccional3° Modificar Parcialmente El Artículo 2° Del Acuerdo Número 098 De 1980, Por El Cual Se Crean Unos Empleos Para La Atención De Salud En La Localidad De Villavicencio, En Los Siguientes Términos: A) Suprimir Los Empleos Que Se Indican A Continuación: Areas Y Unidades Funcionales -N° De Cargos- Denominación Dedicación Clase Grado Dirección4Modificar Les Parágrafos 1° Y 2° Del Artículo 3° Del Acuerdo Número 098 De 1980 De La Planta De Personal De La Seccional Del Meta, Para El Centro De Atención De La Localidad De San Martín, Los Cuales Quedarán Así: Parágrafo 1° El Médico General O El Odontólogo General, Además De Las Funciones Asistenciales Propicias De Su Profesión, Cumplirá Las De Coordinación Del Centro De Atención, Por Designación Del Gerente Seccional5Modificar Los Parágrafos 1° Y 2° Del Artículo 4° Del Acuerdo Número 098 De 1980 De La Planta De Personal De La Seccional Del Meta, Para El Centro De Atención De La Localidad De Granada Los Cuales Quedarán Así: "parágrafo 1° El Médico General O El Odontólogo General, Además De Las Funciones Asistenciales Propias De Su Profesión, Cumplirá Las De Coordinación Del Centro De Atención, Por Designación Del Gerente Seccional"6Modificar Los Parágrafos 1° Y 2° Del Artículo 5° Del Acuerdo Número 098 De 1980 De La Planta De Personal De La Seccional Del Meta Para El Centro De Atención De Acacias Para Las Localidades De Acacias Y Guamal, En Los Siguientes Términos: "parágrafo 1° El Médico General O El Odontólogo General, Además De Las Funciones Asistenciales Propias De Su Profesión, Cumplirá Las De Coordinación Del Centro De Atención, Por Designación Del Gerente Seccional"7Modificar Los Parágrafos 1° Y 2° Del Artículo 6 Del Acuerdo Número 098 De 1980 De La Planta De Personal De La Seccional Del Meta, Para El Centro De Atención De La Localidad De Puerto López, Los Cuales Quedarán Así: "parágrafo 1° El Médico General O El Odontólogo General, Además De Las Funciones Asistenciales Propias De Su Profesión, Cumplirá Las De Coordinación Del Centro De Atención Por Designación Del Gerente Seccional"8El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación Y Deroga Las, Disposiciones Que Le Sean Contrarias10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 12
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