DecretoDerogado
Decreto 2639 de 1985
Por el cual se dictan disposiciones para la expedición de documentos de viaje.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Ministerio De Relaciones Exteriores, Podrá Expedir Los Documentos De Viaje Autorizados Por La Ley A Los Apátridas, Asilados, Refugiados, A Los Extranjeros Que Se Encuentren En Colombia, Nacionales De Países Que No Tengan Representación Diplomática O Consular En El País, Y A Los Demás Extranjeros Que, A Juicio Del Ministerio, Estén Imposibilitados Para Obtener Pasaporte Del País Del Cual Sean Nacionales2º El Documento De Viaje No Implica Reconocimiento De La Nacionalidad Colombiana, Ni Constituye Prueba De La Misma3º El Documento De Viaje Podrá Ser Expedido Con Una Validez Hasta De Dos (2) Años Contados A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Podrá Ser Revalidado Hasta Por Un Período Igual, Por El Ministerio De Relaciones Exteriores4º Los Niños Menores De Siete (7) Años Podrán Ser Incluidos En El Documento De Viaje De Uno De Los Padres, O, En Circunstancias Excepcionales En El De Un Miembro De La Familia5º La Solicitud Para La Obtención De Documento De Viaje Deberá Ser Presentada Directamente Por El Interesado, Acompañada De Los Siguientes Documentos: A) Fotocopia Auténtica De La Cédula De Extranjería, Si Reside En El País; B) Certificado De Antecedentes Judiciales O De Policía Expedido Por El Departamento Administrativo De Seguridad Das; C) Pasaporte O Cualquier Otro Documento De Identidad, O En Su Defecto Una Declaración Del Peticionario Ante El Funcionario Competente O Ante Las Autoridades De Inmigración, En El Sentido De Que Carece De Ellos; D) Dos (2) Fotografías Tamaño 3 X 46º La Revalidación Del Documento De Viaje Queda Condicionada A La Comprobación De La Calidad De Residente Por Parte Del Extranjero, Para Lo Cual Deberá Presentar Una Fotocopia Auténtica De La Cédula De Extranjería Vigente Y El Certificado De Antecedentes Judiciales O De Policía Expedido Por El Departamento Administrativo De Seguridad Das7º El Documento De Viaje Contendrá: Fotografía, Firma E Impresión Del Indice Derecho Del Titular; Información Sobre Estatura, Color De Ojos, Cabello, Nariz, Color De La Tez, Forma De La Cara, Señales Particulares Lugar Y Fecha De Nacimiento, Profesión, Domicilio Actual, Nombre Y Apellido Del Cónyuge; Nombre, Apellido, Lugar De Nacimiento Y Sexo De Los Menores A Quienes Comprenda El Documento, Firma Y Sello De La Autoridad Expedidora Y Demás Datos Que De Conformidad Con Los Tratados O Convenios Internacionales Vigentes Para Colombia Sea Procedente Incluir8º Los Documentos De Viaje Llevarán La Firma Del Subsecretario De Política Exterior Y Del Jefe De La División De Visas9º Los Documentos De Viaje Causarán Los Derechos De Timbre Señalados En La Ley10Artículo 10
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