º La revalidación del documento de viaje queda condicionada a la comprobación de la calidad de residente por parte del extranjero, para lo cual deberá presentar una fotocopia auténtica de la cédula de extranjería vigente y el certificado de antecedentes judiciales o de policía expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad DAS. No obstante, en condiciones excepcionales, el Ministro mediante resolución motivada podrá autorizar la revalidación o expedición de documentos de viaje a quienes no residan legalmente en el territorio nacional.
Decreto 2639 de 1985 →Vigente
Artículo 6
º La Revalidación Del Documento De Viaje Queda Condicionada A La Comprobación De La Calidad De Residente Por Parte Del Extranjero, Para Lo Cual Deberá Presentar Una Fotocopia Auténtica De La Cédula De Extranjería Vigente Y El Certificado De Antecedentes Judiciales O De Policía Expedido Por El Departamento Administrativo De Seguridad Das
Decreto 2639 de 1985 · Por el cual se dictan disposiciones para la expedición de documentos de viaje.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.