DecretoVigente
Decreto 3076 de 1968
Por medio del cual se adiciona el artículo 182 del Decreto reglamentario 437 de 1961
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1No Se Consideran Originadas Dentro Del País Las Rentas De Trabajo Percibidas Por Personas Naturales Extranjeras No Residentes Por Concepto De La Prestación De Servicios En La Filmación De Películas En Territorio Colombiano, Siempre Que Se Reúnan Las Siguientes Condiciones: A) Que El Pago De Los Servicios Se Efectúe Con Dineros De Origen Extranjero; B) Que Para Atender Los Gastos De La Respectiva Filmación Se Venda Moneda Extranjera Al Banco De La República; Y C) Que La Filmación Obtenga Concepto Favorable De La Corporación Nacional De Turismo De Colombia2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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