DecretoVigente
Decreto 2394 de 1998
por el cual se amplía el plazo previsto en el artículo 3° del Decreto 646 del 31 de marzo de 1998.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Amplíase Por El Término De Cinco (5) Meses, Contados A Partir Del 25 De Noviembre De 1998, El Plazo Previsto En El Artículo 3° Del Decreto 646 De 1998, Para La Identificación Plena Y Jurídica De Los Bienes Inmuebles Afectos A La Actividad De Transporte De Gas Natural, Relacionados En El Artículo 1° Del Citado Decreto, Para La Suscripción De Las Actas De Entrega Y Transferencia De Tales Bienes, Así Como Para La Entrega Y Transferencia De Los Derechos De Servidumbre Que Tengan Por Objeto Exclusivo La Instalación, Operación O Mantenimiento De Tales Bienes2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189, ordinal 11, de la Constitución Política, en desarrollo de lo establecido en los artículos 8° y 14 de la Ley 401 de 1997, y
- Juan Camilo Restrepo ArangoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Luis Carlos Valenzuela DelgadoEl Ministro de Minas y Energía