DecretoVigente
Decreto 1650 de 1984
Por medio del cual se establece una exención en beneficio de la industria pesquera.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Embarcaciones De Bandera Nacional O Extranjera Debidamente Autorizadas Para Ejercer La Actividad Pesquera, Que Estén Al Servicio De Una Firma O Empresa Colombiana Legalmente Reconocida Y Que Operen En Sus Propios Muelles, Establecidos Conforme A La Ley, Están Exentas Del Pago De Los Derechos Que Puertos De Colombia Cobre A Tales Muelles2Este Decreto Rige A Partir De Su Expedición