DecretoVigente
Decreto 2387 de 1998
por el cual se autoriza una operación al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Fondo De Garantías De Instituciones Financieras Podrá Otorgar Créditos A Las Entidades Y En Las Condiciones Previstas En El Artículo 20 Del Decreto 2331 De 1998 Para Financiar La Adquisición De Bienes Inmuebles Que Las Compañías De Financiamiento Comercial Hayan Entregado En Leasing Y Cuya Tenencia Hayan Recuperado Posteriormente Por Razón Del Incumplimiento Del Locatario2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y en especial, del numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 48 y 320 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 28 del Decreto 2331 de 1998
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público