DecretoVigente
Decreto 1811 de 1991
por el cual se modifica el Decreto 1220 de 1990.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo 6º Del Decreto 1220 De 1990 Quedará Así: "para La Utilización De Los Recursos De Créditos Señalados En La Ley 78 De 1988, Las Microempresas, Las Pequeñas Y Medianas Empresas Del Sector Industrial, Del Sector Comercio, Del Sector De La Construcción Y Del Sector Servicios Y Los Grupos Asociativos De Derecho Que Las Reúnan Para El Desarrollo Y Sus Actividades Económicas Y Productivas, Podrán Hacer Uso Del Mecanismo De Garantías Que Administra El Fondo Nacional De Garantías S2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
- Rudolf Hommes RodriguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Ernesto Samper PizanoEl Ministro de Desarrollo Económico
- Francisco Posada De La PeñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Armando MontenegroEl Jefe del Departamento Nacional de Planeación