Micelio
DecretoDerogado

Decreto 365 de 1962

Por el cual se organizan el Centro cultural de San Agustín y las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional, se determinan sus directivas y se crea un fondo Rotatorio

14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1A Partir De La Fecha De Expedición Del Presente Decreto, Organizase E Centro Cultural De San Agustín, Integrado De Los Siguientes Servicios: A) Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional2Para Armonía De Las Actividades De Las Diferentes Entidades Que Operarán En El Centro Cultural De San Agustín, Créase Un Comité Coordinador, Presidido Por Su Representante3Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional, Tienen Por Objeto Proporcionar A Los Jóvenes Que Cursan Estudios En Bogotá, Habitación En Un Ambiente Sano Y Decoroso Que Coadyuve A La Formación Moral E Intelectual De Las Residentes4Las Residencias Serán Una Organización Descentralizada, Sinfines De Lucro, Que Se Sostendrán Con La Colaboración Del Estado Y Con Las Pensiones Y Derechos Pagados Por Quienes Las Utilicen5Las Autoridades Da Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional, Serán Las Siguientes: A) El Ministro6La Junta Directiva De Las Residencias Estará Integrada Por El Ministro De Educación Nacional O Su Representante, Quien La Presidirá; Por El Jefe De La División De Servicios Generales Del Ministerio De Educación Nacional; Por Un Representante Del Eminentísimo Señor Cardenal, Y Por La Directora De Las Residencias7Serán Funciones De La Junta Directiva: Actuar Como Entidad Administradora Del Fondo Rotatorio De Las Residencias, Que Se Crea En El Presente Decreto8La Directora De Las Residencias Será De Libre Nombramiento Y Remoción Del Ministro De Educación Nacional9Por Medio De Resolución, El Ministro De Educación Nacional Determinará Las Funciones Del Consejo De Residencias De La Profesora O Coordinadora De Cada Piso, Y De Los Demás Empleados, E Igualmente, Expedirá El Reglamento De Dichas Residencias10Organízase El Fondo Rotatorio De Las Residencias Femeninas Adscritas Al Ministerio De Educación Nacional, Destinado A Atender A Su Funcionamiento11Dicho Fondo Rotatorio Se Formará Con Los Siguientes Producidos: 1º Aportes Del Gobierno Nacional, Con Destino A Dicho Fondo12El Control De Dicho Fondo Estará Sometido A Las Normas Establecidas Por La Contraloría General De La República13El Fondo Rotatorio Creado Por El Presente Decreto, Tendrá Cuenta Bancaria Especial Y Su Manejo, Como Se Dijo, Corresponderá A La Junta Directiva De Las Residencias, Quien Actuará Como Entidad Ordenadora14Los Funcionarios Pertenecientes A Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional Y A Las Dependencias Que Integran El Centro Cultural De San Agustín, Serán Afiliados Forzosamente A La Caja Nacional De Previsión Social
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