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Artículo 7

Serán Funciones De La Junta Directiva: Actuar Como Entidad Administradora Del Fondo Rotatorio De Las Residencias, Que Se Crea En El Presente Decreto

Decreto 365 de 1962 · Por el cual se organizan el Centro cultural de San Agustín y las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional, se determinan sus directivas y se crea un fondo Rotatorio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Serán funciones de la Junta Directiva: Actuar como entidad administradora del Fondo Rotatorio de las Residencias, que se crea en el presente Decreto. Elaborar el presupuesto anual de a s Residencias, y una vez aprobado, atender a su ejecución y vigilancia. Crear los cargos necesarios para el buen funcionamiento de las Residencias, fijar las correspondientes asignaciones, y proveer a los nombramientos del caso. Los funcionarios de las Residencias serán de libre nombramiento y remoción de la Junta Directiva, salvo la Directora de las mismas. Aprobar el reglamento de las Residencias y estudiar las modificaciones que el respecto proponga la Directora de las mismas. Aprobar los contratos que celebren las entidades educativas con las Residencias, y autorizar a la Directora de las mismas para suscribirlos y atender a su cumplimiento. Resolver en última instancia, como máxima entidad directiva de las Residencias, cualquier asunto que no sea de la competencia de las demás autoridades o funcionarios de las mismas. De la Directora de las Residencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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