DecretoVigente
Decreto 1303 de 1986
Por el cual se reestructura la Comisión Nacional de Pesca.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo 1º Del Decreto Nacional Número 2647 De 1980 (Octubre 7), Quedará Así: La Comisión Nacional De Pesca, Como Organismo Asesor Del Ministerio De Agricultura, Estará Integrada Así: -El Ministro De Agricultura O El Viceministro, Quien La Presidirá2º El Artículo 4º Del Decreto 2647 De 1980, Quedará Así: El Ministro De Agricultura Como Presidente De La Comisión, Organizará Y Pondrá En Funcionamiento La Secretaría Ejecutiva, Encargada De La Elaboración De Las Actas Correspondientes A Las Sesiones, De La Coordinación De Los Grupos De Trabajo Y De La Preparación De Documentos Y Estudios Para Conocimiento De La Comisión3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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