Micelio

Artículo 1

º El Artículo 1º Del Decreto Nacional Número 2647 De 1980 (Octubre 7), Quedará Así: La Comisión Nacional De Pesca, Como Organismo Asesor Del Ministerio De Agricultura, Estará Integrada Así: -El Ministro De Agricultura O El Viceministro, Quien La Presidirá

Decreto 1303 de 1986 · Por el cual se reestructura la Comisión Nacional de Pesca.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 1º del Decreto Nacional número 2647 de 1980 (octubre 7), quedará así: La Comisión Nacional de Pesca, como organismo asesor del Ministerio de Agricultura, estará integrada así: -El Ministro de Agricultura o el Viceministro, quien la presidirá. -El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, el Jefe de la División de Programación Sectorial. -El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, el Jefe de Unidad de Estudios Agrarios. -El Gerente General del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA o su delegado, el Subgerente de pesca. -El Director General del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Francisco José de Caldas" - Colciencias, o su delegado, el Subdirector de Fomento. -El Director General de la Dirección Marítima y Portuaria - DIMAR o su delegado, el Secretario General. -El Presidente de la Comisión Colombiana de Oceanografía - CCO, o su delegado, el Secretario General. -El Presidente del Comité de Pesca de la ANDI o su delegado, el Presidente del Comité de Agroindustria Camaronera. -Sendos representantes del Sector Pesquero Industrial del Pacífico y del Atlántico, designados por el Ministro de Agricultura, de listas que le presente la Asociación Nacional de Industriales - ANDI, para períodos de un año, a partir de la fecha de designación. -El Director Ejecutivo de la Asociación Nacional de Acuicultores de Colombia, ACUANAL. -El Presidente y el Coordinador de la Asociación Nacional de Pescadores Artesanales - ANPAC, de las seccionales de las Costas Atlántica y Pacífica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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