DecretoDerogado
Decreto 2340 de 1975
Por el cual se reglamentan los artículos 47 y 58 de los Decretos legislativos 2053 y 2247 de 1974, respectivamente
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Calcularán Y Certificarán Para Sus Depositantes La Corrección Monetaria, Con Discriminación De La Parte Gravable Y De La Que No Causa Impuesto De Renta O Ganancia Ocasional, Según El Caso2Dichas Corporaciones Podrán Calcular La Parte De La Corrección Monetaria Que No Causa Impuesto De Renta O Ganancia Ocasional, Así: El Valor Total De La Corrección Monetaria Pagado O Abonado Al Depositante Se Multiplicará Por Ocho (8) Y El Resultado Obtenido Se Dividirá Por La Tasa Promedio Anual De Corrección Monetaria3Para Efectos De La Deducción Establecida En El Parágrafo Del Artículo 47 Del Decreto Legislativo 2053 De 1974, Es Costo Financiero Del Préstamo Adquirido En Unidades De Poder Adquisitivo Constante El Interés Remuneratorio Y La Corrección Monetaria4Las Certificaciones Que Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Expidan De Conformidad Con El Presente Decreto, Así Como Las Relacionadas Con El Saldo Del Préstamo En 31 De Diciembre Del Año Gravable, Deberán Expresarse Solamente En Pesos5Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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