DecretoVigente
Decreto 2997 de 1985
Por el cual se señalan requisitos para los Contratos de la Lotería de los Territorios Nacionales.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Administrador De La Lotería De Los Territorios Nacionales Podrá Celebrar Contratos, Sin Autorización De La Junta Directiva De Esa Entidad, Cuando Su Cuantía Sea Inferior A Cinco Millones De Pesos ($ 52º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades extraordinarias que le confiere la Ley 22 de 1985 y oída la Comisión Asesora prevista en la misma
- Rafael De Zubiria GómezEl Ministro de Salud
- Hector Moreno ReyesEl Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías