DecretoVigente
Decreto 114 de 1985
Por el cual se fijan unas remuneraciones en el Instituto Nacional de Cr?dito Territorial
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º La Remuneración Mensual De Los Empleos De Subdirector General Y De Secretario General Del Instituto De Crédito Territorial Grado 05 Del Nivel Directivo Será De Ciento Veintidós Mil Novecientos Noventa Y Siete Pesos ($ 1222º La Remuneración Mensual Del Empleo De Asesor Grado 03 Del Nivel Asesor, De La Gerencia General Del Instituto De Crédito Territorial Será De Ciento Catorce Mil Ciento Diez Y Seis Pesos ($ 1143º Los Gastos De Representación Para Los Jefes De Oficina Código 2045 Grado 14 Y Jefes De División Código 2040 Grado 14 Del Nivel Central Del Instituto De Crédito Territorial --Ict-- Serán De Veinte Mil Cuatrocientos Noventa Pesos ($ 204º Los Gastos De Representación Para Los Directores Regionales De Antioquia, Atlántico, Cundinamarca, Santander Y Valle Del Cauca Del Instituto De Crédito Territorial, Será De Veinticuatro Mil Doscientos Noventa Pesos ($ 245º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley 163 De 1984, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1985
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1985 Cumuníquese y cúmplase
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Ivan Duque EscobarEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil