º Los gastos de representación para los Directores Regionales de Antioquia, Atlántico, Cundinamarca, Santander y Valle del Cauca del Instituto de Crédito Territorial, será de veinticuatro mil doscientos noventa pesos ($ 24.290) mensuales. Para los Directores Regionales del Instituto no contemplados en el inciso anterior los gastos de representación, serán de veinte mil cuatrocientos noventa pesos ($ 20.490) mensuales.
Decreto 114 de 1985 →Vigente
Artículo 4
º Los Gastos De Representación Para Los Directores Regionales De Antioquia, Atlántico, Cundinamarca, Santander Y Valle Del Cauca Del Instituto De Crédito Territorial, Será De Veinticuatro Mil Doscientos Noventa Pesos ($ 24
Decreto 114 de 1985 · Por el cual se fijan unas remuneraciones en el Instituto Nacional de Cr?dito Territorial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.