DecretoVigente
Decreto 533 de 1948
por el cual se reglamenta la expedición de diplomas de Oficial de Estado Mayor, y se derogan unas disposiciones.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con El Presente Decreto Son Oficiales De Estado Mayor Aquellos A Quienes Se Le Haya Expedido Por El Ministerio De Guerra El Diploma Respectivo, A Propuesta Del Estado Mayor General De Las Fuerzas Militares2Artículo 23Se Considera Como Oficiales De Estado Mayor, Con Derecho Al Diploma Y A Las Prerrogativas Correspondientes A Esta Especialización, Aquellos Oficiales De Las Fuerzas Militares Que Reúnan Los Requisitos Que A Continuación Se Detallán: (Adicionado Y Aclarado4Los Oficiales Que Se Consideren Con Derecho Al Diploma De Oficial De Estado Mayor Y A Que Sus Nombres Sean Inscritos En El Escalafón Correspondiente, Deben Solicitarlo Del Ministerio De Guerra Por Conducto Del Estado Mayor General De Las Fuerzas Militares, Acompañando A Su Solicitud El Diploma O Certificados Que Recibieron Al Aprobar El Curso En La Escuela Superior De Guerra O Sus Similares5El Departamento De Personal Del Ejército, Marina O Aviación Según El Caso, Estudiará La Solicitud, Confrontará Los Diplomas O Certificados Presentados Y Certificará A Continuación Sobre Los Siguientes Hechos: A) Autenticidad De Los Documentos Presentados6La Jefatura Del Estado Mayor General De Las Fuerzas Militares Basada En La Certificación Expedida Por El Departamento De Personal Y El Resultado Obtenido En La Prueba De Que Trata El Numeral 3º Del Artículo 3º Emitirá Un Breve Concepto Sobre Si El Solicitante Reune O No Los Requisitos Señalados Para Ser Diplomados Como Oficial De Estado Mayor7Una Vez Completado Cada Expediente, De Conformidad Con Lo Expresado En Los Artículos 5º Y 6º, El Ministerio De Guerra Dictará La Resolución Correspondiente Disponiendo La Inscripción En El Escalafón Respectivo, Y Expedirá El Diploma De Oficial De Estado Mayor, El Cual Tendrá La Siguiente Leyenda: Republica De Colombia (Escudo Nacional) Ministerio De Guerra - Fuerzas Militares Diploma De Oficial De Estado Mayor Por Cuanto El Señor…ha Comprobado Que Reune Todos Los Requisitos Establecidos Por El Decreto Numero De8Artículo 89El Presente Decreto Rige Desde Su Sanción Y Deroga Todas Las Demás Disposiciones Que Existan Sobre La Materia
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