DecretoVigente
Decreto 247 de 1926
Por el cual se reforma el marcado con el número 150 de 1913, reglamentario del Conservatorio Nacional de Música
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Conservatorio Nacional De Música Tendrá, Un Consejo Directivo Compuesto Del Director Y De Cuatro Profesores Nombrados Por El Poder Ejecutivo, Y Durarán Un Año En El Desempeño De Sus Funciones2El Consejo Directivo Se Reunirá Dos Veces Durante Cada Mes, Fuera De Las Demás En Que El Director Lo Convocare, Y Tendrá Las Siguientes Funciones: 1° Ordenar Las Erogaciones Que Deban Hacerse De Los Fondos Del Conservatorio, Provenientes De Las Pensiones, Dando Cuenta, Al Ministerio Para Su Aprobación; 2° Examinar Las Cuentas Del Conservatorio En Primera Instancia, Y Remitirlas Mensualmente A La Contraloría3El Director Del Conservatorio Tendrá Los Siguientes Deberos Y Atribuciones: 1° Asistir Diariamente Al Conservatorio, Mantener Su Disciplina Y Convocar El Consejo Directivo Cuando Lo Juzgue Necesario; 2° Fijar Al Principio De Cada Año Escolar, La Distribución Del Tiempo Para Las Clases Y Demás Actos Del Conservatorio; 3° Dictar Solamente Hasta Dos Clases, Y 4° Informar Mensualmente Al Ministerio Sobre La Marcha Del Establecimiento4Habrá Dos Clases De Alumnos En El Conservatorio Con Beca Y Pensionistas5El Consejo Directivo Del Conservatorio Queda Facultado Para Dictar Las Disposiciones De Régimen Interno En Desarrollo Del Presente Decreto
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