DecretoVigente
Decreto 1983 de 1940
Por el cual se delega una facultad.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facúltase Al Gobernador Del Departamento De Boyacá Para Ejecutar Las Obras Tendientes A La Construcción Y Dotación De La Escuela De Cerámica Del Municipio De Ráquira, Que Se Ha De Construír Con Fondos Nacionales Y Departamentales2La Partida Destinada Para Esta Obra Por Decreto 1629 De 1940, Se Girará, Con Cargo Al Artículo 1182-V, Capítulo 67, A Favor Del Departamento De Boyacá, Cuyo Tesorero Queda Obligado A Rendir Cuentas Por El Manejo De Estos Fondos Ante La Contraloría General De La República3Las Obras De Que Trata Este Decreto Deberán Empezarse Inmediatamente Y En Acuerdo Con Los Proyectos, Planos Y Especificaciones Que Suministre El Ministerio De Educación Nacional, Y Se Terminarán En Un Término No Mayor De Cuatro Meses4El Gobierno Nacional Hará Entrega De La Escuela Con Su Organización Técnica Y Pedagógica, Al Departamento De Boyacá, A Cuyo Cargo Quedará Su Sostenimiento Y Desarrollo De Acuerdo Con Las Normas, Reglamentos E Instrucciones Que Le Dé La Dirección De Enseñanza Industrial Del Ministerio De Educación Nacional
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