DecretoVigente
Decreto 2617 de 1948
Por el cual se aprueba el Decreto número 712 de julio 7 de 1948, del Gobernador del Departamento de Antioquia, sobre aumento de sueldos a los trabajadores del Departamento
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase En Todas Sus Partes El Decreto Número 712 Del Gobernador Del Departamento De Antioquia, Que A La Letra Dice: "decreto Numero 712 De 1918 (Julio 7) Por El Cual Se Fijan Los Sueldos De Los Trabajadores Del Departamento1A Partir Del Primero (1°) De Julio De Este Año En Adelante, Los Sueldos De Los Trabajadores Del Departamento Serán Los Siguientes: Gobernacion Capitulo Ii Secretario Privado $ 3102Los Sueldos Del Personal Subalterno Del Manicomio Departamental Y Hospital La María Quedarán Aumentados En La Siguiente Proporción: Sueldos Hasta $ 50, 50% De Aumento3La Junta Asesora De La Casa De Moneda, Queda Autorizada Para Elevar Las Asignaciones Del Personal De Dicho Establecimiento4Este Decreto Necesita Para Su Validez De La Aprobación Del Gobierno Nacional2Este Decreto Rige Desde El 1° De Julio De 1948
03