° Los sueldos del personal subalterno del Manicomio Departamental y Hospital La María quedarán aumentados en la siguiente proporción: Sueldos hasta $ 50, 50% de aumento. Sueldos de $ 51 a $ 100, 30% de aumento. Sueldos de $ 101 a $ 150, 20% de aumento. Estos aumentos serán pagados de la partida global asignada al Manicomio Departamental y al Hospital de La María.
Decreto 2617 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Los Sueldos Del Personal Subalterno Del Manicomio Departamental Y Hospital La María Quedarán Aumentados En La Siguiente Proporción: Sueldos Hasta $ 50, 50% De Aumento
Decreto 2617 de 1948 · Por el cual se aprueba el Decreto número 712 de julio 7 de 1948, del Gobernador del Departamento de Antioquia, sobre aumento de sueldos a los trabajadores del Departamento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.