DecretoVigente
Decreto 374 de 1928
Sobre distribución de la partida global asignada en el Presupuesto de la vigencia en curso para alimentación de menores simplemente asilados en las casas de Bucaramanga, Manizales y Medellín
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Historia de constitucionalidad
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02
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1Artículo 1205Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, Para Atender A La Alimentación De Menores No Recluidos Sino Simplemente Asilados En Las Respectivas Casas, Se Distribuye Así: Para Los Menores Asilados En La Casa De Bucaramanga Que Funciona En La Ciudad De Piedecuesta, En El Año, Hasta $ 3,000 Para Los Menores Asilados En La Casa De Medellín, En El Año Hasta 6,500 Para Los Menores Asilados En La Casa De Manizales, En El Año Hasta 2,500 Suma $ 12,000 Comuníquese Y Publíquese
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