DecretoVigente
Decreto 2144 de 1974
Por el cual se crea un recurso financiero, de emergencia y a corto plazo
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23° Los Pagarés Semestrales De Emergencia E Económica Tendrán Un Vencimiento De Seis (6) Meses, Contados A Partir De La Fecha De Su Entrega Al Acreedor Por Parte De La Dirección General De Tesorería; Sus Demás Características Serán Fijadas Por El Gobierno Nacional Y Se Podrán Negociar En Los Términos Y Condiciones Que Este Determine4Artículo 45Artículo 5
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alfonso Lopez MichelsenPresidente de la República
- Cornelio ReyesEl Ministro de Gobierno
- Indalecio Liévano AguirreEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Alberto Santofimio BoteroEl Ministro de Justicia, Encargado del Despacho de Salud Pública · encargado
- Rodrigo Botero MontoyaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Abraham Varón ValenciaEl Ministro de Defensa Nacional
- Rafael Pardo VuelvasEl ministro de agricultura
- María Helena De CrovoEl Ministro de Trabajo Seguridad Social
- Jorge Ramírez OcampoEl Ministro de Desarrollo Economico
- Eduardo Del Hierro SantacruzEl Ministro de Minas y Energía
- Hernando Duran DussanEl Ministro de Educación Nacional
- Jaime García ParraEl Ministro de Comunicaciones
- Humberto Salcedo CollanteEl Ministro de Obras Públicas