° . autorizase al gobierno nacional, por conducto del ministerio de hacienda y crédito público y previo concepto de la junta monetaria, para emitir, colocar y mantener en circulación títulos y valores denominados pagares semestrales de emergencia económica, hasta por un total de mil millones de pesos, cuyo servicio se atenderá con fondos provenientes de los impuestos sobre las ventas, la renta y complementarios, correspondientes a 1974 y que se recauden en la vigencia fiscal de1975. Al efecto, el gobierno hará las apropiaciones presupuestales necesarias.
Decreto 2144 de 1974 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2144 de 1974 · Por el cual se crea un recurso financiero, de emergencia y a corto plazo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.