DecretoVigente
Decreto 2953 de 1959
Por el cual se crea el Juzgado Segundo Nacional de Ejecuciones Fiscales
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase Con Carácter Transitorio El Juzgado Segundo Nacional De Ejecuciones Fiscales, Destinado Al Conocimiento Exclusivo De Los Juicios Ejecutivos Iniciados Con Anterioridad Al 1° De Enero De 19562En Desarrollo De La Disposición Anterior, Fíjanse La Siguiente Dotación De Personal Y Asignaciones Mensuales: 1 Juez 13El Juzgado Que En La Actualidad Funciona Se Denominará Juzgado Primero Nacional De Ejecuciones Fiscales, Y Conocerá Privativamente De Los Juicios Ejecutivos Iniciados A Partir Del 1° De Enero De 1956, Y De La Fecha Del Presente Decreto En Adelante4El Contralor General De La República, En Desarrollo De La Función Que Le Señala La Constitución Nacional, Orientara Y Vigilará Las Labores De Los Juzgados Nacionales De Ejecuciones Fiscales, Y Propondrá Al Gobierno, Tan Pronto Como Lo Juzgue Conviene, La Eliminación Del Juzgado Segundo Que Se Crea Por El Presente Decreto
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