DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3136 de 1952
Por el cual se dictan disposiciones sobre liquidación de gravámenes aduaneros ad-valórem
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Efectos De La Liquidación Del Gravamen Ad-Valórem, Las Aduanas Del País Tomarán Como Valor Normal De Automotores, Maquinaria Y Equipo Industrial, Los Precios Fijados En Las Listas De Valores Gravables Que Elabore El Departamento De Arancel De La Dirección General De Aduanas, Independientemente De Que Tales Mercancías Lleguen Al País Nuevas O Usadas2Quedan Suspendidas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto3Este Decreto Rige Desde Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArbelaezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguínEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Gabriel De La VegaEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo J. Cabal CabalEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro del Trabajo
- Alejandro Jiménez ArangoEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl ministro de Fomento
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Lucio Pabón NúnezEl Ministro de Educación nacional
- Carlos AlbornozEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas