DecretoVigente
Decreto 95 de 1940
Por el cual se modifica el artículo 1°del Decreto 1482 de 1939 y se amplía el plazo fijado por el artículo 3° de la disma disposicion
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Junta De Que Trata El Artículo 1º Del Decreto 1482 De 1939, Quedará Integrada Así: Por Un Funcionario Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Designado Por Ese Despacho; Por Dos Profesionales De La Escuela De Farmacia, Nombrados Por El Ministerio Mencionado, Y Por Dos Delegados De La Federación Farmacéutica Colombiana2Prorrógase El Término Concedido Por El Artículo 3º Del Decreto Anteriormente Citado, Hasta El Treinta (30) De Abril De Este Año
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