DecretoVigente
Decreto 1612 de 1915
Por el cual se crea el puesto de Ayudante Inspector de la Junta de Canalización de Barranquilla
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Puesto De Ayudante De La Junta E Inspector General De Los Trabajos, De Libre Nombramiento Y Remoción De La Junta De Canalización2Las Funciones Del Ayudante De La Junta E Inspector, General De Los Trabajos, Serán Las Siguientes: A) Intervenir En El Recibo De Todos Los Vehículos Y Del Taller, Almacén Y Materiales Y Útiles De La Canalización, Así Como En La Formación De Los Inventarios A Que Se Refieren Los Artículos 31 Y 32 Del Decreto Número 797 De 1915, (Mayo 5)3Mientras La Junta No Contrate La Dirección De Los Trabajos De Limpia Y Canalización Del Río Magdalena Con El Ingeniero Especialista De Que Trata El Parágrafo 24El Ayudante Inspector Prestará Fianza De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 35El Sueldo Del Ayudante De La Junta E Inspector General De Trabajos, Será De Ciento Cincuenta Pesos ($ 150) Mensuales
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