DecretoDerogado
Decreto 105 de 1989
por el cual se dicta una disposición sobre el auxilio patronal del transporte.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 2 De Enero De 1989 El Auxilio De Transporte A Que Tienen Derecho Los Empleados Oficiales Y Los Trabajadores Particulares Que Devenguen Un Salario Mensual De Dos (2) Veces El Salario Mínimo Será De Tres Mil Sesenta Y Dos Pesos Con Cincuenta Centavos ($32Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto Número 61 Del 15 De Enero De 1988
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Martin Caicedo FerrerEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte