DecretoDerogado
Decreto 99 de 1988
Por el cual se modifican las asignaciones básicas de algunos servidores del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones en materia salarial
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1988, Auméntase La Asignación Básica Mensual Al Personal Que Presta Sus Servicios En El Instituto De Seguros Sociales Que No Se Encuentran Vinculados A La Planta De Personal, De Acuerdo Con Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 352º Para El Personal Fuera De Planta Que Cumple Funciones Similares A Las De Funcionarios De Seguridad Social Se Aplica El Porcentaje Que Resulte Más Favorable, Entre El Señalado En El Artículo Anterior O El Que Señale La Convención De Trabajo3º Los Auxilios De Alimentación Y Transporte Fijados Para Los Funcionarios De Seguridad Social Se Harán Extensivos Al Personal Indicado En El Artículo Segundo De Este Decreto4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto-Ley 164 De 1987 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1988
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987
- Luis Fernando Alarcon MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Diego Younes MorenoEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Joaquin Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil