DecretoVigente
Decreto 644 de 1985
Por el cual se reestructura la Junta Nacional de Fondos Ganaderos
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Junta Nacional De Fondos Ganaderos De Que Trata El Artículo 93 Del Decreto 1562 De 1973, Encargada De La Coordinación De Las Acciones De Dichos Fondos, Estará Integrada De La Siguiente Manera: -El Ministro De Agricultura O Su Delegado, Quien La Presidirá; -El Superintendente Bancario Primer Delegado, O Su Delegado; -El Director Del Fondo Financiero Agropecuario, O Su Delegado; -El Presidente De La Federación Nacional De Fondos Ganaderos, O Su Delegado; -El Gerente General De La Federación Colombiana De Ganaderos, Fedegan, O Su Delegado2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 93 Del Decreto 1562 De 1973