DecretoVigente
Decreto 1952 de 1972
Por el cual se modifican los gravámenes de las posiciones 31.03.E, 31, 04.F y 31.05.A.III.a del Arancel de Aduanas
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Gravámenes De Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Indican A Continuación, Serán Los Siguientes: Posición Denominación Gravamen 312Este Decreto Rige A Partir De La Fecha Que Su Expedición Y Es Aplicable También A Aquellos Cargamentos Que Habiendo Llegado Con Anterioridad, Aún No Han Sido Nacionalizados
03