DecretoVigente
Decreto 87 de 2008
por el cual se reglamenta parcialmente el inciso 3° del artículo 477 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 6º de 1971, la Ley 7º de 1991 y el inciso 3º del artículo 477 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Luis Guillermo Plata PáezEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo