DecretoVigente
Decreto 2891 de 1978
Por el cual se crea el Municipio de Orito
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1O2O3O4Todos Los Bienes; Rentas, Créditos Y5Mientras Se Elige E Instala El Concejo Municipal De Orito Corresponderá Al Alcalde Municipal La Designación En Interinidad De Los Funcionarios Que Por Ley Corresponden A Dicha Corporación, Previa Consulta Al Departamento Administrativo De Intendencias Y Comisarías, Y Al Mismo Departamento La Adopción De Las Medidas Relativas A La Expedición Del Presupuesto De Rentas Y Gastos Del Municipio Y Las Demás Propias De Aquella Corporación, Que Resulten Necesarias En Orden A La Buena Administración Del Municipio6Artículo 67Para Los Efectos Administrativos Y Fiscales Pertinentes, El Municipio De Orito Comenzará A Funcionar El 1º De Julio De 19798Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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