DecretoDerogado
Decreto 31 de 1995
por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese La Siguiente Planta De Personal Para El Ministerio De Minas Y Energía: Despacho Del Ministro Cantidad Denominación Del Empleo Cód2El Ministro De Minas Y Energía, El Director De La Unidad De Información Y De La Comisión, Distribuirán Los Empleos De Las Correspondientes Plantas Globales, Y Ubicarán El Personal De Conformidad Con La Estructura Interna, Planes, Programas Y Necesidades Del Servicio3Para Realizar Las Correspondientes Incorporaciones Se Fija Un Plazo De Treinta (30) Días Hábiles Contados A Partir De La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto4Los Funcionarios Que Sean Incorporados Como Consecuencia De La Reestructuración Del Ministerio De Minas Y Energía, Devengarán El Salario Que Les Correspondía En La Anterior Planta De Personal, Hasta El Día En Que Tomen Posesión Del Cargo De La Nueva Planta Que Se Adopta En El Artículo 1º Del Presente Decreto5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1554 De Agosto De 1993 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 14 de la Constitución Política y en desarrollo de las Leyes 142 y 143 de 1994
- Guillermo Perry RubioEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Eduardo Cock LondoñoEl Ministro de Minas y Energía
- Eduardo González MontoyaEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública