DecretoVigente
Decreto 1410 de 1984
Por el cual se adiciona el decreto 1949 de 1980, referente a las importaciones originarias y provenientes de los países miembros del Acuerdo de Cartagena
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase El Artículo 6° Del Decreto 1949 Del 26 De Julio De 1980, En El Sentido De Someter A Los Siguientes Productos Originarles Y Provenientes Del Perú Y Venezuela, Respectivamente, Al Pago De Los Gravámenes Que A Continuación Se Indican: Nabandina 1984 382Los Productos Relacionados En El Artículo Anterior Estarán Libres De Los Gravámenes Arancelarios Cuando Sean, Originarios Y Provenientes De Solivia Y Ecuador3Las Disposiciones Contenidas En El Decreto 1949 Del 25 De Julio De 1980 Se Aplicarán Al Presente Decreto En Lo Que Fueren Pertinentes4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición