Micelio
DecretoVigente

Decreto 1091 de 1936

Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1935, sobre construcción de cuarteles

7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1El Estado Mayor General De La Fuerzas Militares Procederá A Elaborar Un Plan De Ubicación De Obras Militares En Conformidad Con Lo Establecido En El Articulo 5º De La Ley 53 De 1935, Este Plan Una Vez Aprobado Por El Ministerio De Guerra Será Transmitido Al Ministerio De Obras Públicas, A Fin De Que Las Construcciones Queden En Un Todo Ceñidas A El2Para El Desarrollo Técnico De Las Construcciones Militares Crease Una Junta Que Se Denominara Junta Superior De Construcciones Militares, Que Funcionara En El Ministerio De Obras Publicas3Crease Asimismo Una Comisión Técnica Dependiendo De La Junta Superior De Construcciones Militares, Encargada En Cada Una De Las Guarniciones Del País, Donde Deban Construirse Edificios Militares, Del Reconocimiento Y Ubicación De Los Terrenos Apropiados Para Tal Fin4El Plan Que Formule El Estado Mayor General, Una Vez Aprobado Por El Ministerio De Guerra, Será La Base Fija E Invariable Del Programa De Construcciones Militares Que Ordena La Ley 53 Antes Citada5La Junta Encargada De La Ubicación Y Reconocimientos De Los Terrenos Para Cuarteles Deberá Tener En Cuenta Las Condiciones Siguientes: A) Que Estén Alejados De Los Centros Urbanos6El Estado Mayor General Dará A La Junta Superior De Construcciones Militares La Localización, Prelación, Número, Características Y Especificaciones De Cada Una De Las Obras Por Ejecutar7Por Decreto Especial El Gobierno Reglamentara La Forma Como Hayan De Efectuarse Las Adquisiciones De Los Terrenos Para Cuarteles Y La Apropiación De Las Partidas Correspondientes Para Las Edificaciones
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Firmas