DecretoVigencia En Estudio
Decreto 965 de 1955
Por el cual se autoriza a los Personeros de los Municipios a que se refiere la Ley 89 de 1936, para delegar algunas de sus funciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Personeros Municipales De Los Distritos Comprendidos En La Ley 89 De 1936, Pueden Delegar En Los Empleados De Su Dependencia, Por Medio De Resolución General O De Resoluciones Especiales, Las Facultades Y Funciones Que Les Corresponde En La Gestión De Los Juicios Y Diligencias De Carácter Civil, Administrativo Y Laboral, En Que Sea Parte O Tenga Interés El Municipio2Hácese Extensiva A Los Personeros De Los Municipios A Que Se Refiere El Artículo 1° De Este Decreto, La Facultad Conferida Al Personero Municipal De Bogotá Por El Artículo 1° De La Ley 19 De 19373Suspéndense Las Disposiciones Que Sean Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde Su Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública, encargado del Despacho de Agricultura · encargado
- Manuel Archila MonroyEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita ArangoEl Ministro de Obras Públicas