DecretoVigencia En Estudio
Decreto 484 de 1876
Por el cual se organiza, durante la guerra, la administración en el Estado del Tolima
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese En El Estado Del Tolima Un "jefe Civil I Militar," De Libre Nombramiento I Remocion Del Poder Ejecutivo Nacional, Cuya Autoridad Se Estenderá A Todo El Territorio Del Estado2Como Ajente Inmediato Del Gobierno Nacional, Corresponde A Dicho Funcionario Cumplir I Hacer Que Se Cumplan I Ejecuten, En El Territorio De Su Mando, Los Decretos I Ordenes De Dicho Gobierno I La Constitucion I Leyes Nacionales3El Jefe Civil I Militar Ejercerá En Todo Lo Relativo Al Réjimen Interior Del Estado Las Atribuciones Que Confiere Al Gobernador Del Mismo La Constitucion Espedida En El Guamo El 20 De Setiembre Do 1870, La Cual Continuará Observándose En Todo Cuanto Fuere Compatible Con La Actual Situacion De Guerra I Con Las Disposiciones Del Presente Decreto4El Presente Decreto Caducará Ipso Facto Luego Que El Poder Ejecutivo Declare Restablecido El Orden Jeneral
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