DecretoDerogado
Decreto 776 de 1922
Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1º De Enero A 31 De Diciembre De 1922, La Suma De Seis Mil Pesos ($ 6,000) Tomada De Las Imputaciones Que En Seguida Se Indican: Ministerio De Hacienda Capitulo 35 Administraciones De Hacienda Nacional Artículo 3612La Suma Que Se Traslada Llevará La Siguiente Imputación: Ministerio Del Tesoro Capitulo 78 Litografía Nacional3La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, Las De Reconocimientos De Los Ministerios De Hacienda, De Agricultura Y Comercio Y Del Tesoro, Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
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