DecretoVigente
Decreto 329 de 1979
Por el cual se dictan unas disposiciones sobre régimen salarial de los empleados de la Registraduria Nacional del Estado Civil
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 1979 La Remuneración Básica De Los Siguientes Grados Salariales Quedará Así: Nivel Técnico2Los Incrementos Salariales De Que Trata El Artículo 21 Del Decreto 897 De 1378, Se Reajustarán A Partir Del 1° De Enero De 1979 En Un Y El 1° De Enero De 1980 En Un 8° Si Resultaren Fracciones Inferiores A $ 1003Les Factores Salariales, El Reconocimiento, Liquidación Y Pago De Las Prestaciones Sociales De La Registradúría Nacional Del Estado Civil Se Sujetarán A Las Normas Previstas En Los Decretos 1042 Y 1045 De 19784El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1973
03