DecretoDeclarado Inexequible
Decreto 388 de 1983
Por el cual se dictan normas sobre operaciones en las corporaciones financieras
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Corporaciones Financieras Podrán Realizar Operaciones En El Sector De La Educación, La Cultura, La Recreación Y El Deporte, Además De Los Sectores En Que Actualmente Pueden Operar Según Los Artículos 1º, 5º Y Concordantes Del Decreto 2461 De 19802La Superintendencia Bancaria Autorizará Previamente Según Las Condiciones Del Mercado A Las Corporaciones Financieras Existentes Para Poder Operar En Los Sectores Que Autoriza El Artículo 1º De Este Decreto3Ei Gobierno Nacional Podrá Autorizar La Creación De Sociedades De Economía Mixta Sujetas Al Régimen De Las Empresas Comerciales E Industriales Del Estado, Con El Carácter De Corporaciones Financieras Para Realizar Operaciones De Crédito En El Sector De La Educación, La Cultura, El Deporte Y La Recreación4Ei Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Publíquese Y Cúmplase
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurPresidente de la República
- Rodrigo Escobar NaviaEl Ministro de Gobierno
- Rodrigo Lloreda CaicedoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Bernardo Gaitán MahechaEl Ministro de Justicia
- Edgar Gutiérrez CastroEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Fernando Landazábal ReyesEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Junguito BonnettEl Ministro de Agricultura
- Jaime Pinzón LópezEl Ministro de trabajo y Seguridad Social
- Jorge García GómezEl Ministro de Salud
- Roberto Gerlein EcheverríaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Carlos Martínez SimahánEl Ministro de Minas y Energía
- Jaime Arias RamírezEl Ministro de Educación Nacional
- Bernardo RamírezEl Ministro do Comunicaciones
- José Fernando Isaza DelgadoEl Ministro de Obras Públicas y Transporte