DecretoVigente
Decreto 198 de 1908
Por el cual se adiciona el marcado con el número 97 del presente año
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Visitas Que Deba Pasar Á Los Establecimientos De Educación El Inspector General E Instrucción Pública Se Harán En Los Días Que Se Determinen Con El Ministro De Instrucción Pública2° El Ministro De Instrucción Pública, De Acuerdo Con El Inspector General Del Mismo Ramo, Dictará Un Reglamento Para Dar Cumplimiento Á Todo Lo Dispuesto En El Decreto Número 97 Del Presente Año, Y Señalará El Personal Del Ministerio De Instrucción Pública Que Deba Desempeñar Las Funciones Señaladas Y Hacer Las Visitas Á Los Diversos Establecimientos Que No Hicieren El Ministro De Instrucción, El Inspector General Y El Subsecretario Del Ministerio
03